La previsión legal establecida en la LOGSE y en otras normas de desarrollo, respecto a la creación de centros integrados para la impartición conjunta de enseñanzas de régimen general y enseñanzas de música, tropieza, en su aplicación práctica, con una ordenación académica (especialmente en la etapa de la educación secundaria obligatoria y la del bachillerato) que no está diseñada para la vertebración de unas enseñanzas integradas, sino sólo yuxtapuestas o coordinadas entre sí. Tratamos de justificar en este artículo que la implantación de un modelo de centros integrados pasa necesariamente por una auténtica integración curricular, pedagógica y organizativa que, en el caso concreto del bachillerato, conlleva la creación de una nueva modalidad de bachillerato: el bachillerato de música.
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