Los tribunales castellanos de justicia todavía no habían sido capaces de dotarse durante los siglos XVI y XVII de un corpus documental propio que cubriera el conjunto de las necesidades funcionales de los pleitos. Un recurso fue recurrir a una serie de cláusulas, concretadas en determinados formulismos con los que identificar y reinterpretar los documentos administrativos o notariales ordinarios. En este trabajo se clasifican y analizan desde una perspectiva diplomática y jurídica las cláusulas y formulismos que caracterizan los documentos judiciales castellanos de este período
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados