La Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género, excluyó la necesidad de acreditar previamente la carencia de recursos económicos por parte de las víctimas de violencia de género que solicitasen asistencia jurídica gratuita. Además, extendió el derecho a todos los procesos y procedimientos administrativos que tuvieran causa directa o indirecta en la violencia padecida, y estableció que en todos estos supuestos una misma dirección letrada asumiría la defensa de las víctimas y de sus causahabientes en caso de fallecimiento de aquélla. Todas estas medidas se han visto refl ejadas en la reforma del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, aprobado por Real Decreto 996/2003, de la cual nos vamos a ocupar en estas páginas.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados