SENTENCIA DE 5 DE NOVIEMBRE DE 2004: La "presencia tácita" en la segunda instancia del deudor solidario no recurrente, o el beneficio en su provecho del pronunciamiento favorable. La fuerza expansiva de la solidaridad favorece a todos los deudores solidarios demandados no recurrentes cuando otro de los deudores obtiene la desestimación de la demanda al ver estimado su recurso