El Real Decreto 171/2004 establece los medios de coordinación entre las empresas, la información, formación e instrucciones, que el empresario debe dar a los trabajadores en relación con los riesgos existentes en su centro de trabajo, aunque estos no pertenezcan a su empresa. Además, al empresario le corresponde la responsabilidad relativa a la vigilancia del cumplimiento en materia de Prevención y Riesgos Laborales de sus contratistas y subcontratistas, aún en el caso de que los trabajadores de estas empresas no presten servicio en el centro de trabajo de la empresa principal.
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