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La nueva normativa en materia de clasificación y etiquetado ha entrado en vigor en un momento de gran complejidad

  • Autores: Concha Pastor García
  • Localización: Phytoma España: La revista profesional de sanidad vegetal, ISSN 1131-8988, Nº 172, 2005, págs. 41-43
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Los productos fitosanitarios tuvieron durante veinte años una normativa específica sobre clasificación y etiquetado, establecida por la Directiva 78/631/CEE, implantada en España por la Reglamentación Técnico-Sanitaria de los Plaguicidas, aprobada por el Real Decreto 3349/1983. La Directiva 91/414/CEE sobre comercialización de productos fitosanitarios, traspuesta por el Real Decreto 2163/1994, mantuvo la normativa vigente sobre la materia y, en consecuencia, el sistema de clasificación y etiquetado anterior.

      El Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, que incorpora a la legislación nacional las Directivas 99/45/CE, 01/60/CE y parcialmente la 01/68/CE, en lo referente a las fichas de datos de seguridad de los preparados peligrosos, establece en su disposición final tercera, que los productos fitosanitarios deben cumplir desde del 30 de julio de 2004, los nuevos requisitos de etiquetado.

      La nueva normativa en materia de clasificación y etiquetado entraba en vigor en un momento de gran complejidad por coincidir con varias Decisiones de retirada del mercado de productos fitosanitarios en el marco del Programa de revisión de la Directiva 91/414/CEE, la Directiva 03/82/CE en lo relativo a las frases normalizadas de riesgos y la 2003/53/CE sobre retirada del nonilfeno.


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