Entre las políticas de la Unión Europea en materia de productos químicos, en el año 1999 se adoptó la Directiva 1999/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 31 de mayo, sobre la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la clasificación, el envasado y el etiquetado de preparados peligrosos.
Con esta norma la Unión pretende eliminar las diferencias existentes entre las legislaciones de los EEMM, que podrían obstaculizar el comercio, así como lograr el objetivo de un nivel elevado de protección de la salud, la seguridad y la protección del hombre y del medio ambiente.
Al adoptar esta Directiva, la Unión Europea incluyó en su ámbito de aplicación a los productos fitosanitarios, que anteriormente estaban sometidos, en materia de clasificación, envasado y etiquetado, a una norma específica para este tipo de preparados.
A partir de la aplicación de la norma, los productos fitosanitarios deben ser clasificados, envasados y etiquetados como otros preparados químicos peligrosos, tanto por sus efectos a la salud del hombre como al medio ambiente.
La Directiva 1999/45/CE fue transpuesta al ordenamiento jurídico español por el Real Decreto 255/2003 de 28 de febrero 2003, y es aplicable a los productos fitosanitarios desde el 30 de julio de 2004.
En nuestra intervención destacaremos los aspectos más importantes que introduce la norma en la determinación de las categorías de peligrosidad para la salud humana de los productos fitosanitarios y se comentan los trabajos del Programa de revisión realizado sobre los productos comercializados en el mercado nacional para adaptarlos a la misma.
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