A menudo, los medios de comunicación nos sorprenden con noticias de agresiones y atentados contra la vida o la integridad física de otras personas, que llaman especialmente nuestra atención por la específica brutalidad con que se cometen, denotando la especial crueldad de su autor o autores. A simple vista, es lógico pensar que estos actos merecen un reproche penal mayor que otros de la misma naturaleza pero en cuya ejecución no se da esa violencia o crueldad desmedida. Y, aunque el Código Penal contempla la agravante de ensañamiento como instrumento para incrementar la pena en determinados supuestos especialmente graves, no siempre resulta aplicable a todo acto criminal en que la violencia utilizada pueda exceder de lo que cada concreta figura delictiva admite. Así, por ejemplo, cabe preguntarse cómo un supuesto de asesinato cometido mediante setenta puñaladas a la víctima no resulta agravado por dicha circunstancia de ensañamiento; o cómo el hecho de patear reiteradamente la cabeza de la persona agredida tampoco lo es en numerosas ocasiones. En este artículo se explican estas aparentes incongruencias, analizando detalladamente el contenido y los criterios que utiliza la jurisprudencia para aplicar la agravante de ensañamiento.
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