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Reducción y reordenación de la jornada de trabajo en España

  • Autores: Francisco González de Lena Álvarez
  • Localización: Economía y sociología del trabajo, ISSN 0214-6029, Nº 15-16, 1992 (Ejemplar dedicado a: Reordenación y reducción del tiempo de trabajo), págs. 80-87
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La jornada de trabajo ha evolucionado a lo largo de este siglo en España, como consecuencia en unos casos de las normas legales, y en otros de la negociación colectiva.

      Hasta 1980 fueron la Ley de Jornada Máxima de 1931 y la Ley de Relaciones Laborales de 1976 las normas legales que fijaron las jornadas máximas de, respectivamente, 48 y 44 horas semanales.

      En 1980 el Acuerdo Marco Interconfederal estableció un programa de reducción de la jornada a través de la negociación colectiva, que preveía la jornada máxima anual de 1.880 horas para 1982. Por su parte el Estatuto de los Trabajadores en 1980 fijó la jornada máxima semanal de 43 horas en jornada partida y 42 en jornada continuada.

      La Ley de 29 de junio de 1983 estableció la jornada máxima semanal en 40 horas. En paralelo a este proceso de reducción de la jornada, que en la actualidad se halla prácticamente estabilizado, la negociación colectiva ha ido generalizando la utilización del módulo de cómputo anual.


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