El objeto del presente artículo es formular algunas reflexiones sobre los sujetos participantes en los transplantes de órganos y la forma en que diferentes legislaciones norman sus conductas y les atribuyen consecuencias jurídicas. La autora parte de que la donación puede ser en vida o para después de la muerte. Considera que la donación en vida tiene ciertos límites tomando en cuenta que ésta puede implicar para el donante algún perjuicio grave o el menoscabo de su salud en forma irremediable. Por otro lado, examina las distintas hipótesis que pueden darse en las donaciones para después de la muerte. Asimismo, analiza la legislación nacional y extranjera que regula la donación de órganos de los menores de edad. Por último, analiza los conceptos, derechos y deberes del receptor y del equipo médico que participa en un transplante de órganos.
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