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Los prolegómenos del código civil

  • Autores: Juan Luis Moreno Retamino
  • Localización: Eúphoros, ISSN 1575-0205, Nº. 4, 2002, págs. 113-124
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El código (civil) tomará como base el proyecto de 1851 en cuanto se halla contenido en éste el sentido y capital pensamiento de las instituciones civiles del derecho histórico patrio, debiendo formularse, por tanto, este primer cuerpo legal de nuestra codificación civil.., sin otro alcance y propósito que... el de regularizar, aclarar y armonizar los preceptos de nuestras leyes, recoger las enseñanzas dele doctrina en la solución de las dudas suscitadas por la práctica, y atender... a algunas necesidades nuevas.., con soluciones que tengan un fundamento científico o un precedente autorizado en legislaciones propias o extrahas, y obtenido ya común asentimiento entre nuestros jurisconsultos, o que resulten bastante justificadas, en vista de la exposiciones de principios o método hechas en la discusión de ambos Cuerpos Colegisladores.

      [Artículo 8, Primera base de la Ley de 11 de Mayo de 1888 por la que se autoriza al Gobierno publicar un Código Civil con arreglo a las condiciones y Bases establecidas en esta ley, Gaceta de Madrid de 22 de Mayo de 1888, periódico oficial antecedente del Boletín Oficial del Estado].


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