La definición de herejía que da el actual Código de Derecho Canónico es producto de un proceso en el que el Medievo tiene un revelante papel. La creación de estereotipos transmitidos hasta el siglo XIX hacen del hereje el negador de dogmas y el cuestionador de la autoridad papal. Este modelo ¿aunque grosso modo responda a una realidad¿ resulta hoy en día insuficiente. Nuevas formas de enfocar el fenómeno a partir del materialismo histórico o la historia de las mentalidades han insistido en otros aspectos también muy relevantes: las implicaciones sociales de la herejía y la construcción de unos especiales discursos tanto desde la disidencia como desde la ortodoxia.
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