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La Mediación como Requisito Prejudicial en Materia Civil

    1. [1] Universidad Tecnológica Indoamérica

      Universidad Tecnológica Indoamérica

      Ambato, Ecuador

  • Localización: Ciencia Latina: Revista Multidisciplinar, ISSN-e 2707-2215, ISSN 2707-2207, Vol. 7, Nº. 3, 2023, pág. 6
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Mediation As A Preliminary Ruling in Civil Matters
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      En el presente artículo científico se realizará un análisis minucioso a la implementación de la mediación como un requisito prejudicial obligatorio en materia civil, con base a la acogida que ha tenido en los últimos años este método de solución de conflictos. Mientras que, de las legislaturas extranjeras tales como Argentina y Chile se desprende que la mediación ya es considerada un requisito prejudicial obligatorio en función de las garantías procesales del acceso a la justicia. Los conflictos al ser inherentes por naturaleza al ser humano, pueden ser solucionados de manera pacífica a través de la mediación , donde los involucrados tendrán la opción de solucionar el litigio sin acudir a la tradicional vía judicial, por intermedio de los distintos métodos alternativos reconocidos por la legislatura ecuatoriana; y, es aquí donde la mediación juega un papel muy importante al ser considerado como un método rápido, ágil y equitativo, que se lleva acabó a través de un tercero imparcial llamado mediador, quien será el encargado de mantener la audiencia de mediación de manera pacífica y ordenada, buscando que se dé fin a los procesos tradicionales judiciales, descongestionando las salas de audiencias del país en materia civil, garantizando el acceso a la justicia y fortaleciendo una cultura de paz, a través, de un método participativo de las partes involucradas que en los muchos casos han llegado a reconciliarse.

    • English

      In this scientific article, a detailed analysis will be made of the implementation of mediation as a mandatory pre-litigation requirement in civil matters, based on the acceptance that this method of conflict resolution has had in recent years. Meanwhile, foreign legislatures such as Argentina and Chile show that mediation is already considered a mandatory preliminary requirement in terms of procedural guarantees of access to justice. Conflicts, being inherent to human beings by nature, can be solved peacefully through mediation, where those involved will have the option of solving the dispute without resorting to the traditional judicial process, through the various alternative methods recognized by the Ecuadorian legislature; And it is here where mediation plays a very important role as it is considered a fast, agile and equitable method, which is carried out through an impartial third party called mediator, who will be in charge of maintaining the mediation hearing in a peaceful and orderly manner, seeking to put an end to the traditional judicial processes, decongesting the courtrooms of the country in civil matters, ensuring access to justice and strengthening a culture of peace, through a participatory method of the parties involved that in many cases have come to reconcile.


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