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Resumen de El nuevo modelo de oficina judicial

Manuel Martín Morato

  • El 15 de enero de 2004 entraba en vigor la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, cumpliendo en parte con los enunciados del pretendido "Pacto de Estado para la Justicia", pacto que en definitiva no fue culminado a nivel político al no ser suscrito por el principal partido de la oposición en aquel momento. En la Exposición de Motivos de la Ley se aduce la necesidad de abordar una profunda reforma de la LOPJ y en particular de la oficina judicial y según palabras del promotor y titular del Ministerio de Justicia en aquella fecha, la reformada Ley suponía un nuevo motor para la justicia que serviría para hacer más ágil su administración en beneficio del ciudadano. En este trabajo se analiza esta tarea de indudable complejidad que por sus peculiaridades la singularizan frente a cualquier otro órgano de gestión estatal, mutando la definición de la Secretaría Judicial, la estructura, las funciones, los conceptos, los contenidos y la responsabilidad de los integrantes de la denominada actualmente oficinal judicial. Podría decirse que se ha pasado de un modelo del siglo XIX a otro modelo del siglo XXI. Ello obliga a "un cambio de chip" de todos los operadores jurídicos que colaboramos en el organigrama de la Administración de Justicia y constituye un reto y voluntad política para llevar a cabo reformas inmediatas en las leyes procesales y sus disposiciones reglamentarias que culminen con la finalidad de la pretendida reforma para no hacerla inoperante.


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