Sentencia del Tribunal de la Rota española de 20 de febrero de 2026, cuyo ponente fue el Auditor Mons. Carlos Alonso García, que resuelve en segundo grado de jurisdicción una causa de nulidad que plantea de forma directa tres grandes problemáticas del derecho matrimonial canónico de carácter sustantivo: el grave defecto de discreción de juicio por parte del esposo (canon 1095, 2º), la incapacidad para asumir y cumplir las obligaciones esenciales del matrimonio por causa de naturaleza psíquica por parte de la esposa (canon 1095, 3º) y, con carácter subsidiario, la celebración del matrimonio bajo condición de futuro por parte del varón (canon 1102).
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