Una de las consecuencias del crecimiento económico continuado en los últimos años ha sido la recuperación, ni que sea parcial, de capacidad patrimonial por quienes dejaron impagados préstamos y otras operaciones bancarias a principios de los años noventa. Las entidades de crédito han visto así una oportunidad de reducir la cuenta de incobrables, lo que ha dado lugar al inicio de acciones destinadas a realizar el cobro de las cantidades adeudadas. El transcurso de un período significativo entre el momento en que tuvo lugar el impago y el de la reclamación de pago ha motivado que uno de los argumentos esgrimidos por los deudores nuevamente solventes haya sido el retraso desleal en el ejercicio de los derechos o, en terminología alemana, la Verwirkung. Las páginas que siguen contienen algunas pistas sobre los senderos por los que discurre nuestra jurisprudencia, en particular la llamada jurisprudencia menor.
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