La “segunda oportunidad” para las personas endeudadas ha experimentado una profunda transformación con la reforma concursal de la Ley 16/2022. Lo que antes se regulaba en el ex art. 178 bis de la Ley Concursal, hoy se articula en el TRLC con un nuevo enfoque del “deudor de buena fe” y mayores facilidades para alcanzar la exoneración del pasivo insatisfecho. El sistema actual permite conservar el patrimonio o liquidarlo para liberarse definitivamente de las deudas, aunque siguen existiendo importantes interrogantes en los llamados concursos sin masa. Esta guía de los Jueces Mercantiles de Madrid busca aportar claridad y seguridad jurídica a uno de los temas más debatidos del derecho concursal moderno.
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