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¿Puede ampliarse por la vía interpretativa lo que la ley concursal ha querido tasar en cuanto a la buena fe del deudor?

  • Autores: Ana Bellver, Elvira Castañón Garcia-Alix
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 10910, 2026
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El Tribunal Supremo ha dictado jurisprudencia sobre la cancelación del crédito público y de las derivaciones de responsabilidad por parte de los organismos públicos, matizando apartados del art. 487.1 del TRLC que, salvo ulterior criterio, no deben romper la presunción de buena fe que preside el régimen de exoneración de las deudas.


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