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Los intereses suspensivos y los recargos reducidos del período ejecutivo. A propósito de la STS de1 de octubre de 2025.

    1. [1] Universidad Autónoma de Madrid

      Universidad Autónoma de Madrid

      Madrid, España

  • Localización: Revista técnica tributaria, ISSN 0214-6010, Nº. 151, 2025, págs. 327-346
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La sentencia del Tribunal Supremo declara incompatibles los intereses suspensivos del art. 26.2.c) LGT con los recargos reducidos del período ejecutivo. El trabajo sostiene que dicha incompatibilidad solo alcanza a los intereses del período ejecutivo del art. 26.2.d), pues los intereses suspensivos compensan un retraso distinto: el derivado de la suspensión.

      Extender la incompatibilidad desnaturaliza la lógica de los arts. 26 y 28 LGT y otorga un trato más favorable a quien solicita la suspensión en período ejecutivo frente a quien lo hace en período voluntario.


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