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Resumen de Interpretación constitucional y ley de amnistía

Francisco Velasco Caballero

  • La Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, ha suscitado una intensa discusión política y jurídica. La reciente STC 137/2025, de 26 de junio, ha declarado la no inconstitucionalidad de la ley (salvo en algunas cuestiones específicas sobre su ámbito de aplicación personal y temporal). A partir de la sentencia, es posible un estudio de hermenéutica constitucional. Aquí se analizan tres cuestiones: la especificidad de la interpretación constitucional (respecto del método interpretativo común); la relevancia de la distinción doctrinal entre principios y reglas, así como entre procedimientos de aplicación ponderativos y subsuntivos; y la relevancia de los conceptos dogmáticos y las tipologías empíricas o ideales en la interpretación. En general, la STC 137/2025 afirma la especificidad de la hermenéutica constitucional, respecto del método interpretativo común. Este planteamiento se expresa claramente en tres pilares argumentales que recorren la sentencia: la singularidad de la Constitución como norma «abierta»; la centralidad de la ley en el sistema jurídico; y la deferencia que el Tribunal debe al poder legislativo. Estas coordenadas interpretativas limitan, en la sentencia, el alcance de los instrumentos hermenéuticos comunes: la literalidad constitucional, el contexto normativo, los argumentos históricos o sobre el proceso constituyente, el fin normativo y el Derecho comparado. En segundo lugar, la STC 137/2025 implícitamente considera que, por obra de la jurisprudencia a lo largo de cuatro decenios, la Constitución ha ido perdiendo sus normas principiales, y se ha ido concretando en un catálogo de reglas, aplicables de forma subsuntiva, no ponderativa. Por último, en la STC 137/2025 se observa la eficacia hermenéutica de un concepto dogmático (el de amnistía) que elabora el propio Tribunal, y la poca relevancia que se concede a las tipologías de amnistía que se habían formulado en la discusión política y académica previa.


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