Madrid, España
Como ocurre con la mayoría de las constituciones modernas, la Constitución colombiana establece un procedimiento agravado de reforma constitucional, cuyo cumplimiento es necesario para producir una reforma constitucional válida. La observancia procedimental constituye un límite jurídico a la reforma constitucional que se encuentra salvaguardado por la competencia expresa de la Corte Constitucional para decidir sobre la constitucionalidad de las reformas constitucionales por vicios en su formación. En el presente escrito se busca evidenciar, a partir del análisis del caso colombiano, cómo la evaluación del cumplimiento del procedimiento de reforma responde al contexto en el que se enmarca, sin que se trate de un criterio plenamente jurídico, y que ha sido utilizado estratégicamente por la Corte Constitucional al decidir sobre reformas de gran importancia jurídica y, sobre todo, política a nivel nacional.
As is the case with most modern constitutions, the Colombian Constitution establishes a heightened procedure for constitutional amendments, the fulfillment of which is necessary to produce a valid constitutional reform. Compliance with this procedure constitutes a legal limit on constitutional amendments, safeguarded by the express authority of the Constitutional Court to rule on the constitutionality of amendments based on procedural flaws in their formation. This paper seeks to demonstrate, through an analysis of the Colombian case, how the evaluation of compliance with the amendment procedure responds to the context in which it is framed. It is not a fully judicial criterion and has been strategically employed by the Constitutional Court when ruling on amendments of significant legal and, above all, political importance at the national level.
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