Colombia
En Colombia no es pacífico lo relativo al ius puniendi público, y mucho menos lo relacionado con el respeto al non bis in idem. Aunque se ha sostenido con claridad por la jurisprudencia colombiana la unidad del ius puniendi, al tiempo se ha señalado que cada especie del ius puniendi tiene un fundamento distinto, lo que se ha traducido en que son muchas las situaciones en las que se permite la confluencia de procesos sancionatorios y de sanciones, sobre la misma persona, y por la misma conducta, pero con un supuesto fundamento distinto. En este escrito revisaremos entonces si la teoría se compadece con la práctica
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