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Siguenza-Sarango, Ana Michelle
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Peña-Armijos, Guido Ecuador
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Los medios alternativos de solución de conflictos constituyen una forma más armoniosa, rápida y económica para solucionar los problemas que se suscitan dentro de la sociedad. Dentro de estos medios se encuentran los Tribunales de Conciliación y Arbitraje, cuya composición, características y competencias se encuentran regulados tanto a nivel constitucional como infraconstitucional en el Ecuador. En relación con la conformación de estos Tribunales centra su atención este artículo que constituye una aproximación al mismo. Para desarrollarlo, se procedió a realizar un análisis de la doctrina, además de la normativa y la jurisprudencia ecuatoriana, empleando para ello diversos métodos de investigación, entre los que destacan el análisis documental, la síntesis, la inducción y la deducción, así como la hermenéutica jurídica y el método exegético. A partir del análisis efectuado se pudo corroborar que, si bien a nivel normativo se encuentra estrictamente concebida su composición, en la práctica subsisten deficiencias que limitan su correcto funcionamiento. En relación con los efectos jurídicos de los mismos también se evidenció que dentro de ellos destaca el efecto de cosa juzgada, por lo que el mismo no es susceptible de recurso, convirtiéndose en una decisión de obligatorio cumplimiento por las partes.
Alternative means of conflict resolution constitute a more harmonious, faster and economical way to solve problems that arise within society. Within these means are the Conciliation and Arbitration Courts, whose composition, characteristics and powers are regulated at both the constitutional and infraconstitutional levels in Ecuador. In relation to the formation of these Courts, this article focuses attention, which constitutes an approach to it. To develop it, an analysis of the doctrine was carried out, in addition to the regulations and Ecuadorian jurisprudence, using various research methods, among which the documentary analysis, synthesis, induction and deduction, as well as the Legal hermeneutics and the exegetical method. From the analysis carried out, it was possible to corroborate that, although at a regulatory level its composition is strictly conceived, in practice deficiencies remain that limit its correct functioning. In relation to their legal effects, it was also evident that within them the effect of res judicata stands out, so it is not susceptible to appeal, becoming a decision that must be complied with by the parties.
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