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Momento del devengo de la pensión de alimentos cuando las mayores necesidades económicas de la hija surgen durante el proceso: Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sentencia 660/2025, 30 Abr. Recurso 9259/2022

  • Localización: Revista Aranzadi Doctrinal, ISSN 1889-4380, Nº. 7, 2025
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La cantidad que pagaba el padre antes de que se incrementaran las necesidades de la hija por su traslado del domicilio materno por razones de estudios era correcta. A partir de entonces aumentaron las necesidades de la hija, lo que justifica el incremento de la pensión, pero ese incremento está vinculado al momento del traslado de la hija, después de la interposición de la demanda. En consecuencia, no sería razonable exigir el pago de esa mayor cantidad desde la demanda, sino desde el momento en que nace la mayor necesidad de la hija.


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