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Diálogo entre la filosofía del derecho tomista y la filosofía del derecho contemporáneo

  • Autores: Carlos Alberto Cárdenas Sierra
  • Localización: IUSTA, ISSN-e 2500-5286, ISSN 1900-0448, Nº. 22, 2005, págs. 143-148
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Llamamos ética aquella zona de la vida humana que está dominada por el sentido del deber. La ética no equivale a la moral. Su función es reflexionar críticamente sobre las distintas formas de deber: deber moral, deber religioso, deber jurídico, deber político, deber económico. Así concebía Tomás de Aquino el papel de la ética, a la que denominaba “filosofía moral” y que abarcaba los sectores norma- tivos señalados. Hoy, como en el siglo XIII, retorna una preocupación semejante: de nuevo reclama- mos la intervención de la ética como veedora y reguladora de los distintos órdenes normativos, especialmente del orden normativo jurídico. El afán por separar ética y derecho parece preocupación superada. Los nuevos jusfilósofos construyen un metalenguaje ético que se ordena a comprender el derecho positivo a la luz de una determinada opción antropológica y axiológica y a establecer su dependencia del devenir social, definiendo sus relaciones con la moral, la religión, la política y la economía.


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