Hace 100 años que los organismos internacionales llevan proponiendo que el bienestar personal sea una condición inherente al proceso educativo. De hecho, viene ligado como uno de los condicionantes del propio derecho fundamental a la educación. Así lo reflejan declaraciones supranacionales tanto en el nivel global, procedentes de la Sociedad de Naciones primero y de la ONU después, como en el nivel continental europeo, procedentes de la UE. Esa propuesta no ha sido solo retórica. En la práctica, las 8 Competencias Clave de la Unión Europea de 2018 articulan el bienestar personal como una de sus misiones. Un bienestar que es pieza central, por ejemplo, de la LifeComp, incluida, como no puede ser de otra manera, en el perfil de salida que la legislación educativa española actual propone para todos los niños al término de la enseñanza básica.
For one hundred years, international organizations have been proposing that personal well-being is an inherent condition of the educational process. In fact, it is linked as one of the conditioning factors of the fundamental right to education itself. This is reflected both at the global level, coming from the League of Nations first and then from the UN, and at the European continental level, coming from the EU. That proposal has not been just rhetoric. In practice, the European Union’s 8 Key Competences of 2018 articulate personal well-being as one of their missions. A well-being that is a central piece, for example, of LifeComp, included, as it could not be otherwise, in the exit profile that current Spanish educational legislation proposes for all children at the end of basic education.
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