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Una vuelta de tuerca a la cuestión de las parejas de hecho y la pensión de viudedad. A propósito de la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid de fecha 13 de septiembre de 2024

  • Autores: José Antonio Buendía Jiménez
  • Localización: Revista de Derecho Laboral vLex (RDLV), ISSN-e 2696-7286, Nº. 13, 2024, págs. 93-99
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La Sentencia que se comenta reconoce la pensión de viudedad a una mujer integrante de una pareja de hecho no inscrita en alguno de los registros existentes en la comunidad autónoma o ayuntamiento del lugar de residencia o mediante documento público utilizando como pauta interpretativa la reforma de la LGSS operada por el RDL 2/2024, que exime a las parejas con hijos en común del requisito de duración de la convi-vencia para el acceso al subsidio por desem-pleo y al ingreso mínimo vital.

    • English

      The judgment under comment re-cognizes the widow’s pension to a woman who is a member of a de facto couple not registered in any of the registries existing in the autonomous community or town hall of the place of residence or by means of a public document, using as an interpretive guideli-ne the reform of the LGSS operated by RDL 2/2024, which exempts couples with children in common from the requirement of duration of cohabitation for access to unemployment benefits and the minimum vital income.


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