México
El cambio de paradigma en los valores que rigen el orden constitucional mexicano a raíz de la reforma constitucional de 2011 ha obligado a las autoridades en sus diversos ámbitos de competencia a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. La manera en que los órganos jurisdiccionales deben interpretar el marco jurídico no sólo debe tener en cuenta principios como la legitimidad y la legalidad de las normas, sino que debe partir siempre fungiendo un manto protector de la dignidad de los gobernados. A través de una interpretación conforme y una aplicación del principio pro persona, el poder judicial ha permitido la utilización de la figura de la suspensión de acto reclamado en medios de control constitucional que lo prohíben expresamente, como es la acción de inconstitucionalidad al razonar y aplicar el mandato del artículo 1º del texto fundamental.
The paradigm shift in the values that govern the Mexican constitutional order as a result of the constitutional reform of 2011, has forced the authorities in their various areas of competence to promote, respect, protect and guarantee Human Rights. The way in which the courts must interpret the legal framework must not only take into account principles such as the legitimacy and legality of the rules, but must always start as a protective cloak for the dignity of the governed. Through a consistent interpretation and an application of the pro persona principle, the judiciary has allowed the use of the figure of the suspension of the act claimed in means of constitutional control that expressly prohibit it, such as the action of unconstitutionality when reasoning and applying the mandate of the first article of our fundamental text.
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