Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Resumen de Políticas de fomento de la Economía Social: ¿la Economía Social necesita de las benefitcorporations?

Maria Elisabete Gomes Ramos

  • La promoción de la economía social a través de la creación legislativa de nuevasorganizaciones es uno de los objetivos de la Ley de la Economía Social portuguesa(LBES). Creada en 2013, la LBES optó por definir la economía social (art. 2), enumerarlas organizaciones de la economía social (art. 4) e identificar sus principiosrectores (art. 5). Sensible a las exigencias de un mundo en transformación, el legisladorportugués optó por un catálogo abierto de entidades de economía social. Deconformidad con el artículo 4 h) de la LBES, forman parte de la economía social otrasentidades con personalidad jurídica que cumplan los principios rectores de la economíasocial y figuren en las bases de datos de la economía social.Los principios rectores de la economía social (o al menos algunos de ellos) influyentanto en las benefit corporations como en las comunidades energéticas. Elestudio concluye que las benefit corporations, desconocidas en el ordenamiento jurídicoportugués, no están alineadas con los principios rectores de las entidades de laeconomía social portuguesa. La comunicación concluye, por tanto, que la promociónde la economía social no pasa por “trasplantar” a Portugal el modelo estadounidensede benefit corporations. Las comunidades energéticas, que no están vinculadas legislativamentea la economía social, son entidades de “doble misión” que, en Portugal,no encuentran una persona jurídica completamente adaptada a sus principios rectores.El modelo estadounidense de benefit corporations, aunque puede dar cabida a ladoble misión de las comunidades energéticas, no está preparado para garantizar laadhesión abierta y voluntaria y el control por parte de sus miembros.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus