Paloma Bel Durán, Gustavo Lejarriaga Pérez de las Vacas, Sonia Martín López
Aunque es preciso determinar una cifra concreta, parece evidente que un porcentajesignificativo de las sociedades cooperativas y sociedades laborales constituidasrecientemente cumplen los requisitos para tener la consideración de empresasemergentes al amparo de lo establecido en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, defomento del ecosistema de las empresas emergentes. Sin embargo, por las cifras ofrecidasdesde ENISA, las sociedades cooperativas y sociedades laborales de nueva creacióndesconocen la posibilidad de tener dicha consideración, así como las ventajasque pueden obtener por el hecho de tenerla.Esta comunicación pretende sentar las bases de un proyecto de investigación demayor envergadura que procura valorar no solo las hipótesis implícitas anteriormenteseñaladas, sino, además, si las empresas emergentes constituidas en el año 2023podrían haber adoptado una fórmula jurídica de la economía social, así como losmotivos por los que pudiendo hacerlo decidieron que no fuera así.
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