A efectos de repercusión de impuestos, obras, servicios y suministros, ¿cabe aplicar el plazo de prescripción de 5 o 15 años para recuperar los importes de años anteriores no repercutidos?
Juan Miguel Carreras Maraña
pág. 7
Arrendamiento y usufructo
Luis C. Tejedor Muñoz
pág. 14
Procesos arrendaticios y tasas judiciales
pág. 21
Sociedades domiciliadas en la vivienda arrendada
Alfonso Barcala Fernández de Palencia
pág. 25
Denegación de prórroga por causa de necesidad: motivos. Contratos anteriores al 1 de enero de 1995
pág. 51
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