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Resumen de Cafeína y quinina en bebidas refrescantes: contribución a la ingesta dietética

Ana Belén González Reyes, Arturo Hardisson de la Torre, Ángel Gutiérrez Fernández, Carmen Rubio Armendáriz, Inmaculada Frías Tejera, Consuelo Revert Gironés

  • español

    Introducción: las bebidas refrescantes son cada vez más consumidas por la sociedad. Están compuestas por una gran variedad de sustancias, de las cuales algunas, si se consumen en dosis altas y con elevada frecuencia, pueden provocar efectos negativos.

    Objetivos: determinar la concentración de cafeína y quinina para comprobar si sus niveles se encuentran por debajo de los máximos permitidos por la reglamentación técnico-sanitaria vigente y calcular la contribución a la ingesta dietética obteniendo la Ingesta Diaria Estimada.

    Método: se analizaron las concentraciones de cafeína y quinina en las principales marcas comerciales de refrescos, usando para ello la técnica de cromatografía líquida de alta resolución.

    Resultados: se obtuvieron concentraciones para todas las marcas analizadas, que permitieron estimar la media en cada una.

    Conclusiones: se ha observado que en ningún caso se superan las concentraciones máximas y que la contribución a la ingesta no genera aparición alguna de reacción adversa.

  • English

    Introduction: soft drinks are becoming increasingly consumed by society. They are composed by a great variety of components, some of which can produce adverse effects if they are frequently consumed in high levels.

    Objectives: determine caffeine and quinine concentration to prove that those concentration levels are lower than the legal limits allowed and calculate the contribution to dietary intake to obtain the Estimated Daily Intake.

    Methods: levels of caffeine and quinine of the main brands of soft drinks were analyzed using High-Performance Liquid Chromatography technique.

    Results: concentrations were obtained for all brands, and the medium level was estimated.

    Conclusions: it has been observed that in any case the maximum concentration limits are exceeded and the contribution to dietary intake doesn’t mean adverse reaction.


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