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Lucía Alarcón Sotomayor: Los derechos fundamentales de las personas jurídico-privadas frente a la Administración

    1. [1] Universidad de Córdoba

      Universidad de Córdoba

      Cordoba, España

  • Localización: Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica: Nueva Época, ISSN-e 1989-8975, Nº. 20, 2023, págs. 186-189
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Lucía Alarcón Sotomayor: The fundamental rights of private legal entities against the Administration
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Recensión al libro de Lucía Alarcón Sotomayor, Los derechos fundamentales de las personas jurídico-privadas frente a la Administración, Thomson-Aranzadi, 2023, 200 pp., prólogo de José María Baño León. Esta obra analiza si las personas jurídicas de naturaleza privada pueden ser titulares, y en qué medida, de los derechos fundamentales consagrados en la CE frente a las Administraciones públicas. Para ello, estudia la jurisprudencia que ha elaborado nuestro TC y, a partir de ahí, determina las consecuencias de esa atribución. Dos son las aportaciones más originales y arriesgadas. Por un lado, la exigencia de distinguir entre las diferentes clases de personas jurídicas lo que lleva a la autora a negar la titularidad de estos derechos a las sociedades anónimas abiertas, especialmente, a las cotizadas, que son entidades deshumanizadas. La otra gran aportación es el estudio y conclusión de que la triple vertiente de la concepción objetiva de los derechos fundamentales, como valores objetivos, deberes de protección y garantías institucionales, tiene una clara propensión a expandirlos como normas objetivas, también y especialmente, en favor de las personas jurídico-privadas.

    • English

      Review of the book by Lucía Alarcón Sotomayor, The fundamental rights of legal-private persons against the Administration, Thomson-Aranzadi, 2023, 200 pp., foreword by José María Baño León. This work analyzes whether legal persons of a private nature can be holders, and to what extent, of the fundamental rights enshrined in the EC against Public Administrations. To do this, it studies the jurisprudence that our TC has developed and, from there, determines the consequences of that attribution. There are two of the most original and risky contributions. On the one hand, the requirement to distinguish between the different types of legal entities leads the author to deny the ownership of fundamental rights to open corporations, especially listed companies, which are dehumanized entities. The other great contribution is the study and conclusion that the triple aspect of the objective conception of fundamental rights, as objective values, duties of protection and institutional guarantees, has a clear propensity to expand them as objective norms in favor of legal-private persons.


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