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Estado y empresa militar de seguridad privada hacia el establecimiento de una legislación internacional.: El caso del Derecho estadounidense

  • Autores: Tomas Casildo Montes Hernández
  • Directores de la Tesis: Alfonso J. Iglesias Velasco (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad Autónoma de Madrid ( España ) en 2013
  • Idioma: español
  • Número de páginas: 454
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Francisco Aldecoa Luzárraga (presid.), Ignacio Molina Álvarez de Cienfuegos (secret.), José Carlos de Bartolomé Cenzano (voc.), Albert Galinsoga Jordá (voc.), Pilar Trinidad Núñez (voc.)
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  • Resumen
    • La presente investigación realiza un análisis sobre una materia de plena actualidad, la regulación de las empresas militares y de seguridad privada, cuya problemática no acaba de ajustarse a los conceptos y términos de los instrumentos internacionales. Por ejemplo, cuando se observa entre la doctrina y la práctica la pretensión de comparar y/o calificar a las compañías militares y de seguridad privada como mercenarios, existen en ello intereses políticos y económicos que no pueden ignorarse.

      Ciertamente, esto ha impedido hasta ahora que cualquier intento de regulación pueda concretarse, como el reciente proyecto de la ONU de Convención sobre las empresas militares y de seguridad privadas, o bien que los Estados se limiten a establecer acuerdos de carácter no vinculante como el Documento de Montreux de 20081 . Sin embargo, estas disposiciones son rebasadas por la propia dinámica que envuelve a las empresas militares de carácter privado, convertidas en un referente obligado tanto para los Estados como para las organizaciones internacionales en la solución de los conflictos, ya sean internos o internacionales.

      Es indispensable construir alternativas que permitan una aproximación para tan complejo fenómeno, por ejemplo a partir del principal país proveedor de las compañías militares y de seguridad privada, Estados Unidos, desde la perspectiva de su derecho interno. Como es sabido, las raíces del ordenamiento estadounidense se encuentran en el Common Law, ahora fuertemente cuestionado ante la impunidad de que gozan en muchas ocasiones dichas empresas y su personal en los conflictos armados internos e internacionales donde participan, en particular en las actuales zonas de guerra (Irak y Afganistán), así como en otros lugares de gran inestabilidad internacional, como África y Colombia, con la consiguiente ola de violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.

      En cuanto a la estructura del presente trabajo de investigación, este se encuentra organizado en siete capítulos, con el desarrollo en cada uno de ellos del análisis científico de diferentes aspectos del tema objeto de esta tesis, y cuenta con unas conclusiones finales, que recogen algunas propuestas que presentamos sobre esta materia. Así, en el primer capítulo la presente investigación aborda un análisis sobre el Estado y el monopolio del uso de la fuerza armada desde una perspectiva histórica, hasta comprender su actual debilitamiento en cuestiones militares y el surgimiento de la privatización de los ejércitos de los países más poderosos, como Estados Unidos, Reino Unido, Rusia o Francia, entre otros, fenómeno que inevitablemente ha caracterizado con mayor énfasis el clima de posguerra fría desde la última década del siglo XX.

      En este apartado se hará énfasis en la supremacía que ha tenido el Estado sobre cualquier entidad jurídica internacional en relación con el monopolio del uso de la fuerza armada, cristalizada tanto en los Derechos estatales como en la práctica de las organizaciones internacionales, verbigracia la Sociedad de Naciones, la Organización de las Naciones Unidas y los organismos regionales creados a partir de 1945.

      Con esta finalidad, se desarrolla el capítulo segundo dedicado a la reestructuración del Estado hegemónico en los organismos regionales y la aparición del fenómeno moderno de las empresas privadas de seguridad, comenzando con la Organización del Tratado del Atlántico Norte, el Pacto de Varsovia y la Organización de Estados Americanos, en donde se señalaba al Estado como el sujeto y actor principal de las normas contenidas en el orden internacional.

      En dicho ordenamiento internacional el Estado dispone de todos los instrumentos de poder con la finalidad de gobernarse tanto en su territorio como en el seno de la sociedad internacional. Con estos criterios, el Estado posee la atribución más importante desde la perspectiva del Derecho Internacional: regular el uso de la fuerza armada.

      En este capítulo se señala la compleja estructura que estableció el Estado moderno y contemporáneo para cumplir con su función como monopolizador del uso de la fuerza y, sin embargo, al mismo tiempo el Estado se fue encontrando con un sector empresarial cada vez más empeñado en penetrar en el ámbito de la industria militar y de seguridad.

      Dicho proceso ha ido tomando fuerza sobre todo con el fin de la Guerra Fría y la desaparición de importantes oligarquías militares estatales, que vieron desvanecerse sus intereses económicos y militares. Es innegable que los ejércitos de masas pertenecen al pasado y que en la actualidad se da preferencia a las fuerzas armadas con un número menor de efectivos, dotándoles de todos los medios tecnológicos más avanzados. Este es precisamente el eje de análisis del tercer capítulo de esta investigación, la eclosión de las empresas militares y de seguridad privada.

      En efecto, en la década de los años noventa y como consecuencia inmediata del fin del enfrentamiento Este-Oeste, las empresas militares y de seguridad privada experimentaron un gran crecimiento apoyadas por los propios Estados nacionales, en particular Estados Unidos y Reino Unido, y acompañados de otros Estados interesados en obtener importantes ganancias económicas, como Sudáfrica y diversos Estados de Europa Oriental y de la ex Unión Soviética.

      En este período coyuntural se adoptan las primeras medidas para regularizar las actividades de estas compañías, presentándose las primeras disposiciones jurídicas en el Common Law inglés. Sin embargo, solo fue el inicio de un largo proceso destinado a construir un marco regulatorio más efectivo para las empresas militares y de seguridad privada.

      En el plano internacional se aprueba la Declaración sobre mercenarios de 1989, ante la necesidad de poder regular el mercenarismo y reafirmar la responsabilidad de los Estados en mantener el monopolio del uso de la fuerza. En dicho instrumento jurídico internacional se emiten normas destinadas a reglamentar el empleo de las armas de fuego por las instituciones policiales; sin embargo, en la práctica el interés de las grandes potencias se centraba en continuar fortaleciendo a las empresas militares y de seguridad privada, con la idea de encargarles la resolución de importantes conflictos regionales, al considerarlas necesarias en este nuevo orden mundial.

      El cuarto capítulo de la presente tesis doctoral se centra en los intentos para incluir y regularizar a las empresas privadas de seguridad dentro de las disposiciones del Derecho Internacional y en concreto el Derecho Internacional Humanitario, con la adopción del Documento de Montreux de 2008, y más recientemente, el citado proyecto para la Convención sobre las empresas militares y de seguridad privadas. Dichos instrumentos representan ahora el mayor referente en esta problemática, más aún cuando se vienen produciendo serias infracciones del Derecho Internacional Humanitario en los escenarios de guerra.

      Ahora bien, para abordar la responsabilidad civil de las empresas militares y de seguridad privada desde la perspectiva del Derecho Internacional y del Derecho Internacional Humanitario se analizan las propuestas de varios especialistas en el tema, como Éric Mongelard y Jaume Saura. En sus estudios se explican los fundamentos jurídicos internacionales que pueden dar lugar a la responsabilidad civil de las empresas militares y de seguridad privada, con la finalidad de establecer obligaciones para dichas compañías en caso de causar violaciones principalmente del Derecho Internacional Humanitario.

      En las páginas siguientes, y en relación con la necesidad de determinar la responsabilidad civil de las empresas militares y de seguridad privada, en el capítulo cinco de este trabajo de investigación se aborda el estudio de la Ley estadounidense de reclamaciones extranjeras, como posible vía para remediar o reparar posibles violaciones del Derecho internacional consuetudinario. Este análisis se centra en la práctica y la experiencia obtenida al aplicar dicha ley en el principal país de origen de las empresas militares y de seguridad privada. Ante el impacto de esta ley aprobada en 1789, la investigación examina, desde diversas metodologías realizadas por especialistas en el Derecho civil estadounidense, la posibilidad de aplicar la responsabilidad civil a las empresas militares y de seguridad privada, así como de fomentar medidas para su posible regulación.

      Dentro de esta problemática se analiza, en el capítulo sexto del presente trabajo, la demanda de civiles iraquíes contra la empresa militar y de seguridad privada Blackwater, interpuesta en 2007 en el marco judicial estadounidense, y cuya decisión en primera instancia en favor de los acusados de Blackwater ¿aunque después revertida en el tribunal de apelación- abrió una etapa de revisionismo del ordenamiento interno de Estados Unidos. Así, el estudio examina las fuentes, procedimientos y doctrinas que existen en ese marco normativo, y en particular el Derecho procesal penal estadounidense. El objetivo es comprender con mayor objetividad el orden jurídico estadounidense y la complejidad que lo envuelve, sobre todo ahora que las empresas militares y de seguridad privada han puesto en evidencia la necesidad de reformular preceptos y normativas tanto del Common Law como del Common Law estadounidense2 En el capítulo séptimo, titulado ¿La interpretación judicial en el Derecho estadounidense: el problema con las ESP/EMSP y sus desafíos para el Derecho Internacional¿, la presente investigación propone que es posible acometer una regulación jurídica desde el Common Law y el Common Law estadounidense, considerando sus principales principios, doctrinas y sentencias forjadas a través de una larga historia, así como mecanismos como el plea bargaining, siendo todo lo anterior una aportación a la problemática que nos ocupa.

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      Así, la lectura de este capítulo permite identificar aquellos factores jurídicos que podrían influir en la construcción de un marco jurisprudencial dedicado especialmente a estas empresas, pues supondrían un nuevo elemento en el Common Law y en el Common Law estadounidense, el cual, junto con los instrumentos internacionales vinculantes o no, llenarían esos espacios vacíos a los que el Derecho Internacional hasta el momento no ha podido dar respuesta concreta, pero que intenta cubrir con toda su fuerza.

      El escenario político y económico que viene en los próximos años se caracteriza por la presencia incontrolable de actores privados no estatales -a veces ilegales- originados como producto de intereses muy diversos: guerrilleros sin fronteras, grupos paramilitares, fuerzas de choque internacionales, células terroristas, grupos armados de autodefensa, entre otros calificativos; y en numerosos casos se trata de una problemática que ha quedado fuera de control del marco de la ley interna y del Derecho Internacional en su conjunto.

      En este sentido, el Common Law y el Common Law estadounidense tienen una tarea muy compleja, y de los procesos que ellos mismos impongan para transformar o enmendar leyes dependerá que se puedan dar las condiciones necesarias para controlar a estas empresas a la luz del Derecho.

      Los datos estadísticos y la evolución de los últimos años ponen de manifiesto que se trata de un fenómeno tendente a consolidarse aún más a lo largo del siglo XXI, y es por ello que la presente investigación se encuentra justificada desde diversas procedencias de análisis -política, jurídica, económica, histórica, sociológica y filosófica-.

      La metodología empleada en este trabajo de investigación se ha centrado en buena medida en el análisis jurídico de los diversos ámbitos tratados, tanto desde la perspectiva del Derecho internacional como a la luz de los ordenamientos nacionales, en particular el Derecho estadounidense. Pero, como el lector podrá comprobar, no solo se ha tenido en cuenta el Derecho positivo (legislativo o jurisprudencial, en el marco del Common Law), sino que también se han incorporado al estudio realizado ciertos enfoques propios de la filosofía jurídica y de la ciencia política, además de una aproximación historicista en los primeros capítulos, lo que encuentra su explicación en la formación académica previa del autor de esta tesis doctoral.


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