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La obtención de pruebas en el extranjero Estudio sobre el Convenio de La Haya de 1970 y su aplicación en el ordenamiento español

  • Autores: María Jesús Elvira Benayas
  • Directores de la Tesis: Julio D. González Campos (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad Autónoma de Madrid ( España ) en 1997
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: José Carlos Fernández Rozas (presid.), Sixto Sánchez Lorenzo (secret.), Alegría Borrás Rodríguez (voc.), Miguel Angel Amores Conradi (voc.), Miguel Virgós Soriano (voc.)
  • Materias:
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  • Resumen
    • Los tribunales españoles cuentan con normas de origen convencional y con normas de origen nacional (tambien denominado regimen comun) para la obtencion de pruebas en el extranjero (vertiente activa de la cooperacion judicial internacional) o para la practica en españa de una prueba, a requerimiento de tribunales extranjeros (vertiente pasiva de la cooperacion).

      De entre las normas de origen convencional caben destacar los convenios de la haya de 1954 y de 1970, sobre proceso civil y obtencion de prueba, respectivamente; La convencion de panama de 1975 y un buen numero de convenios bilaterales.

      El regimen comun de cooperacion judicial internacional, en sus dos vertientes, lo componen los articulos 276 a 278 de la lopj y el articulo 300 de la lec.

      El presente trabajo combina el analisis de ambos grupos de normas, si bien incide especialmente en el estudio del convenio de la haya de 1970. Se ha pretendido conocer las respuestas del ordenamiento español frente a los problemas planteados en la aplicacion del citado texto.

      Asi, por ejemplo, la respuesta de nuestras normas frente a la forma especial, la prueba por comisarios o el "pre-trial discovery".


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