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Resumen de La contribución delictiva simulada

Jorge Gálvez Santibáñez

  • El presente trabajo aborda el problema de la provocación a la comisión de delitos, el agente provocador y el delito provocado. Tras evidenciar las deficiencias terminológicas y conceptuales de la doctrina científica del agente provocador y la doctrina jurisprudencial del delito provocado, se propone un nuevo sistema conceptual denominado Contribución Delictiva Simulada. Este amplía el ámbito tradicional de exploración dogmática incluyendo el que concierne a las medidas de seguridad e identifica los factores que modifican la valoración políticocriminal y la calificación jurídica de cada supuesto específico en que ella se presenta.

    Tras explorar los numerosos problemas teóricos implicados y esbozar las soluciones que se estiman disponibles en el estado actual de la teoría del delito, se argumenta a favor de la inclusión de una regulación legal específica.

    Para ello se formula una propuesta de lege ferenda que implica el señalamiento de las condiciones bajo las cuales debiese autorizarse y a la vez limitarse la incitación de delitos por parte de agentes del Estado. El trabajo concluye con una propuesta concreta de un artículo para ser incorporado en la legislación española. Inicialmente, la presente investigación buscaba valorar el grupo de casos en que un sujeto estimula o incita a otro a ejecutar un comportamiento formalmente típico con el propósito de que el segundo sea castigado a partir de ese acto. En efecto, la pretensión original de este estudio consistía únicamente en determinar si la vocación punitiva del sujeto que organiza la maniobra u otro elemento distintivo concurrente permiten alterar el estatuto general de la responsabilidad penal de uno y otro sujeto y con ello identificar los supuestos en que ambos sujetos, ninguno o solo uno de ellos deben responder penalmente.

    Sin embargo, a poco andar adquirí la convicción de que las herramientas metodológicas disponibles en la ciencia penal española y comparada han dado lugar a un debate plagado de confusiones y superposiciones conceptuales que impiden un adecuado tratamiento de la materia de fondo.

    Por ello, debí modificar parcialmente el objetivo de mi investigación, en orden a comenzar por proponer una completa transformación a nivel de la metodología, la delimitación conceptual y la terminología con que actualmente se abordan estas cuestiones.

    En tal sentido, este trabajo no pretende aportar un nuevo punto de vista en materia de responsabilidad del agente provocador o de punibilidad del delito provocado. Pretende en cambio evidenciar las deficiencias de sendos aparatos conceptuales y acto seguido proponer las bases para una discusión más ordenada, clara, fructífera y en último término útil.


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