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Tutela jurisdiccional efectiva de intereses difusos y colectivos: un estudio comparativo

  • Autores: María del Pilar Hernández Martínez
  • Directores de la Tesis: Eloy García López (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad Complutense de Madrid ( España ) en 1990
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Pablo Lucas Verdú (presid.), Angela Sanchez de Vera Torres (secret.), Pedro de Vega García (voc.), Ángela Figueruelo Burrieza (voc.), Carlos de Cabo Martín (voc.)
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En las sociedades contemporáneas, al lado de los intereses colectivos, se constata la emergencia de otro tipo de intereses que la doctrina ha calificado de "difusos" y que reclaman su tutela efectiva. Tales intereses son una consecuencia lógica de la positivación a nivel constitucional de los derechos de naturaleza económica, social y cultural propios del estado social de derecho. La relevancia que actualmente adquieren los intereses difusos y colectivos nace en diversos planos, entre ellos: el grado de maduración cívica de los ciudadanos, la crisis de representación política y, sobre todo, la deficiencia, cuando no inoperancia, de los mecanismos tradicionales de legitimación de carácter individualista. Tales situaciones provocan un éxodo de las exigencias de participación y defensa individual y social a instancias diferentes del procedimiento administrativo, mas precisamente al proceso jurisdiccional, lo que se viene a traducir en un acceso a la justicia y en una tutela efectiva. La instrumentalización de nuevas soluciones a este problema puede ser obtenida a través de la utilización del método comparado, soluciones que van desde las reformas y promulgación de cuerpos legales, la participación administrativa, hasta la interpretación jurisprudencial de los mecanismos de legitimación procesal, así como la operancia de instituciones como el defensor del pueblo y el ministerio fiscal. El presente trabajo queda estructurado en dos planos: primero, de tutela de intereses se debe hablar en el sentido de participación a través o mediante la justicia; segundo, que a estos fines el proceso contribuye a evidenciar los caracteres del fenómeno social llamado justicia, todo lo cual se traduce en la plena efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales generadores de intereses difusos y colectivos.


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