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Resumen de El valor superior del ordenamiento jurídico: problemática sobre su posicionamiento jurídico actual y en el contexto específico de la atribución de su titularidad a entidades diferentes a la persona física

Diana Sayago Armas

  • Los valores jurídicos representan demandas que el cuerpo social reclama en su máxima realización jurídica y que suponen una exigencia constante de revisión y readaptación que el Derecho no puede ignorar, toda vez que se producen avances en los campos sociales, tecnológicos y científicos. Los valores jurídicos constituyen el punto de partida y objetivo final del Derecho, el referente programático e imperativo que incide en la interpretación del sistema normativo, sin obviar las dificultades que entraña su concreción material, consecuencia de la vastedad de su significado y contenido. Aún así, no son fines vagos o abstractos que se quedan en una esfera exterior e inexpugnable para el Derecho: son una fórmula que deciden el carácter del ordenamiento, no solo adjetivándolo, sino definiéndolo totalmente. Piénsese, por ejemplo, que la bioética aborda los límites de la ciencia partiendo de la línea inexpugnable de la Dignidad del ser humano, de cara a planteamientos a los que debe dar respuesta el Derecho como el aborto o la eutanasia. El tratamiento jurídico de estas realidades depende del contenido y contornos que se otorgue al valor Dignidad.

    Este es el objeto de esta tesis: partiendo del contexto general que se desarrolla en nuestro ordenamiento, en el Derecho Constitucional Comparado y en el Derecho Internacional, y desde una perspectiva crítica y minuciosa, se aborda la conceptualización y el esclarecimiento de las prioridades axiológicas por las que la comunidad social opta actualmente y que se identifica, en su fundamento inicial, final y supremo, en el valor superior Dignidad. Asimismo, se analizan las categorías normativas que desarrollan y concretan ámbitos precisos del contenido del valor superior, tanto desde la perspectiva individual como en su proyección jurídica colectiva, dimensiones ambas que son imprescindibles en la complementación de la realización personal del ser humano. Todas estas cuestiones ahondan en la consolidación y desarrollo del Derecho más actual, desde una consideración que abarca todos sus niveles normativos.

    Para ello se ha utilizado una diversa metodología que ha sido necesaria para profundizar en los diferentes ámbitos en los que se desarrolla la investigación y que se ha definido a través del análisis lógico-formal, donde el estudio dogmático-jurídico, conceptual y teórico, desde una perspectiva sistemática y hermenéutica, han definido las conclusiones de forma relevante. Asimismo, la investigación ontológico-jurídica, en combinación con la deontológica y la axiológica han proporcionado ópticas fundamentales para el objeto de la tesis. No obstante, para abordar una institución de la envergadura del valor superior ha sido necesario que, junto al indispensable estudio comparativo de normas, instituciones y pronunciamientos dogmáticos y jurisprudenciales, se adopte un método de investigación jurídico-propositivo que proporcione una propuesta argumentada sobre el valor superior. Todo ello a partir del conocimiento adquirido tras el análisis de las diferentes fuentes jurídicas que constituyen la norma, la jurisprudencia y la doctrina, en combinación con la realidad social, con el fin de alcanzar respuestas certeras y aplicables en el entorno social actual.

    La tesis doctoral posiciona los valores superiores en el contexto jurídico actual, exponiendo el marco histórico-doctrinal que ha rodeado la categoría del valor y su problemática conceptualización. Se analizan sus diferencias con otras categorías normativas como los principios y las reglas, procediendo a definirlas y situarlas en el espectro material del valor. De esta manera, se aborda la naturaleza que singulariza a los valores superiores, el acierto o error en su encuadre, su formulación en el artículo 1.1 de nuestra Constitución, así como la inconveniencia constitucional de postergar la Dignidad al ulterior artículo 10.1. Asimismo, se estudia en profundidad la Dignidad humana argumentando su posición como Valor superior del ordenamiento jurídico y profundizando en las aportaciones filosóficas referentes a la aparente inabarcable aprehensión de su contenido, para pasar a investigar su posicionamiento en Derecho Comparado. Pormenorizadamente, se examina la Dignidad en el Derecho Constitucional Comparado, así como su tratamiento en nuestro constitucionalismo, desde una perspectiva crítica que la excluye como derecho fundamental o principio jurídico. Ciertamente, y contextualizándolo como valor superior, se ha expuesto su funcionalidad y su carácter de mínimum a tener en cuenta en la atribución de la titularidad de los derechos fundamentales, subrayando su condición de base, fuente y fundamento de éstos y abordando el estudio del abuso jurisprudencial en la aceptación del honor como sinónimo del valor Dignidad.

    En complementación a la contextualización de la Dignidad en ámbitos jurídicos cuya importancia va “in crescendo”, se ha abordado la posibilidad de reconocimiento de la Dignidad a la persona jurídica y consecuentemente, la atribución de la titularidad de los derechos fundamentales a ésta. El constituyente alemán incluyó este reconocimiento en el artículo 19 de la Ley Fundamental de Bonn, pero en nuestro ordenamiento la ausencia de pronunciación constitucional ha provocado que sea el Alto Tribunal el que configure las respuestas y acote límites, cambiando de criterio a lo largo de su jurisprudencia. Se expone esta evolución y se presenta un análisis crítico que da una respuesta alejada de la posición final que ha proporcionado el Alto Tribunal. Asimismo, estas consideraciones se enlazan con la problemática que presenta la persona jurídica de Derecho Público, con especial referencia a los sindicatos y los partidos políticos, concluyendo el estudio con un análisis pormenorizado de la atribución del derecho al honor a la persona jurídica, en donde se presentan conclusiones que aportan soluciones jurídicas que se apartan de este posicionamiento jurisprudencial.

    En cuanto a las “minorías”, “pueblos” o los grupos de personas o colectivos que reivindican un marco normativo propio y diferenciado y que pasa por el reconocimiento de la titularidad de la Dignidad humana y los derechos fundamentales, se describe la problemática que surge ante los intentos infructuosos de conceptualizar el término bajo unos criterios generalmente aceptados en la comunidad jurídica. Se aborda el marco normativo internacional de reconocimiento y protección de los grupos, así como el estatuto jurídico específico adoptado en relación a las minorías étnicas, lingüísticas y religiosas en el Derecho español.

    En este contexto jurídico, el análisis ha profundizado en el estudio del fenómeno del negacionismo del Holocausto judío en Derecho, que incide directamente en la consideración de la posibilidad de que un ente colectivo como es un pueblo, aluda a su Dignidad y a la titularidad propia de un derecho fundamental como es el derecho al honor, con el objeto de reclamar límites expresos en el ejercicio de otro derecho fundamental como es la libertad de expresión. Se analizan las respuestas normativas y jurisprudenciales que se han proporcionado desde el Derecho Constitucional Comparado, el Derecho Internacional y en nuestro propio contexto jurídico-normativo, examinando en este contexto el nuevo artículo 510 del Código Penal así como sentencias tan paradigmáticas como la STC 214/1991, de 11 de noviembre (Caso Violeta Friedman) o la STC 235/2007, de 7 de noviembre, que declaraba inconstitucional la tipificación de la negación del genocidio como delito contenido en 607.2 del Código Penal.

    Por último, se plasman las conclusiones finales optando por seguir una pauta de exposición numerada con la que se ha pretendido proporcionar claridad y precisión en el juicio argumentativo. No obstante, a lo largo de todo el cuerpo de la tesis y a medida que se van discutiendo y desarrollando las cuestiones propias de fondo, se exponen y argumentan las diferentes consideraciones y deducciones, aportando posibles soluciones a las cuestiones jurídicas planteadas.


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