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Resumen de El derecho al libre desarrollo de la personalidad en la sociedad de la información y del conocimiento

Mariusz Ryszard Kosmider

  • Refiriéndose a distintos sistemas jurídicos nacionales y al derecho comunitario europeo e internacional, la tesis trata de analizar el concepto jurídico del libre e íntegro desarrollo de la personalidad del ser humano en el contexto de las características de la Sociedad de la Información y del Conocimiento (SIC) a fin de justificar el significado de reconocer explícitamente el mérito de este concepto y de aplicarlo en práctica legal. Al tomar en consideración la ubicua presencia de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) y su influencia en la vida personal y laboral, la directa protección del libre y pleno desenvolvimiento personal del ciudadano constituye un condicionante imprescindible para que confluyan la satisfacción vital de éste, por lo que se efectúen sus derechos básicos como la persona, y el avance de la SIC que además se relaciona recíprocamente con los procesos de globalización. El concepto en cuestión se refiere tanto a la libertad de acciones y manifestaciones externas del sujeto, como al desarrollo de su esfera interna, psicológica, a la autonomía, autodisposición y autorrealización, lo que a su vez le facilita al individuo poder afrontar distintas circunstancias vitales o laborales cada vez más complejas en la actualidad y satisfacer las expectativas y aspiraciones. La protección del libre desarrollo de la personalidad aparte de las libertades que limitan el grado de intromisiones legítimas por parte de terceros, incluido el Estado, consta de las reclamaciones justas del individuo de que se aseguren las condiciones socio-jurídicas e infraestructuras estimulantes para el florecimiento humano en todas las esferas de la personalidad, la cognitiva, intelectual, creativa, artística, emocional y espiritual, a cuyo desenvolvimiento apoyan además ventajosamente las TIC. Sin el ámbito favorable al libre y pleno desarrollo personal del ciudadano parece inimaginable asegurar que sea sostenible el progreso socioeconómico de cualquier comunidad, lo que es incluso más evidente en la era digital. Así se espera que se introduzcan la legislación y las políticas públicas oportunas en campos culturales, formativos, científicos y empresariales para ofrecer un entorno tecnológico, socioeconómico y cultural óptimo para que el individuo descubra todas sus potencialidades intelectuales y creativas. La SIC debe basarse en la igualdad real de oportunidades y en la creación y el acrecentamiento del capital humano y social, es la sociedad de aprendizaje vinculada a la formación continua. Los requisitos indispensables para impulsar el florecimiento humano se cumplen mediante la plena, libre y efectiva accesibilidad de contenidos de información, cultura y conocimiento, la facilidad y libertad de recibirlos, reutilizarlos, difundirlos, de expresarse, de participar en la concepción y el intercambio de ideas, opiniones, pensamientos, experiencias y recursos. En la época digital, el aspecto tecnológico de este propósito se centra en la accesibilidad de dispositivos adecuados, la conexión de calidad, las habilidades suficientes para manipularlos y para manejar las aplicaciones, en la neutralidad de red, el acceso seguro a ésta libre de intercepciones, intervenciones, filtros y rastreo, el control del usuario sobre datos de carácter personal, la interoperabilidad entre dispositivos, aplicaciones y contenidos, la portabilidad, el impedimento del bloqueo geográfico, el código abierto y la creación del software libre. El aspecto material se refiere a la existencia de recursos, la habilidad de acudir a ellos, elegir entre ellos y analizarlos de manera crítica, evaluar la calidad del contenido y de la fuente, fundar sus propios juicios y opiniones, crear, reutilizar, transformar y poner en circulación nuevos contenidos, asumiendo la responsabilidad por su calidad y veracidad.


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