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Resumen de El régimen jurídico de los usos de los recursos hídricos en un contexto de escasez del bien público tutelado: prospectivas y comparaciones

Manuel Bordini

  • La disciplina de las aguas en Italia ha vivido durante decenios un progresivo desarrollo óorientado a valorizar el recurso en sí mismo más bien que el proprio valor económico. De hecho la tutela dispuesta por la primera legislación en materia, estaba orientada a la protección de los usos y del valor económico relacionado con él omitiendo el hecho de considerar el papel estratégico relacionado con la tutela del medioambiente y de los ecosistemas. Los conceptos de derivación comunitaria introducidos en el ordenamiento mediante las normas de acogida de la DMA han impuesto un brusco ¿revirement¿ en las políticas hídricas y medioambientales promoviendo, mejor dicho imponiendo, la adecuación a estándares inimaginables hasta años recientes.

    La disciplina italiana sobre la salvaguardia y tutela de las aguas es reciente y es muy superior en el tiempo a la de sus usos .

    Como se investiga analíticamente en la tesis, las piedras angulares son esencialmente: el Texto Único n.1775/1933, la ley n. 183/1989 con la que se introduce el principio de planificación de la cuenca, la ley n. 36/1994 con la que se aprueba el principio de publicidad de todas las aguas, el Dlgs n. 52/1999 y por último el Dlgs 52/2006 y sucesivas modificaciones mediante el que se ha querido dar plena ejecución a la DMA(Directiva Marco sobre el Agua).

    El trabajo analiza en una perspectiva comparada algunas instituciones jurídicas propias de la legislación española, en particular, los trasvases entre cuencas y los contratos de cesion de derechos de aguas.


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