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Gobierno económico y financiero de la Unión Europea: contextos, normas, crisis

  • Autores: Raúl Saugar Álvarez
  • Directores de la Tesis: Carmen Martínez Capdevila (dir. tes.), Luis Rodríguez Abascal (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad Autónoma de Madrid ( España ) en 2017
  • Idioma: español
  • Número de páginas: 422
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Manuel Medina Ortega (presid.), Irene Blázquez Navarro (secret.), Agustín José Menéndez (voc.)
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  • Resumen
    • Diferenciamos tres objetivos a los que responde el subtítulo y cada una de las tres partes en que se ha estructurado el trabajo: (1) contextos, (2) normas, (3) crisis.

      Primero. Tratamiento contextualizado.

      Como primer objetivo o elemento de singularidad, se procede a la contextualización histórica del largo plazo o larga historia internacional y financiera. Ello permitirá comprender y enfatizar algunas dinámicas jurídicas y políticas (realpolitik) que quedan con frecuencia desatendidas en estudios meramente positivistas que responden a la lógica de la solución de problemas jurídicos sin tratar el Derecho en su contexto histórico y filosófico. A todo ello se dedica la primera parte.

      Segundo. Derecho positivo.

      La segunda parte responde al objetivo autónomo de cartografiar el selvático tejido de medidas regulatorias y de carácter ejecutivo en el ámbito económico y financiero europeo posterior a la crisis. También responde a la necesidad de tener presente ese panorama regulatorio a la hora de analizar los problemas de gobierno que se trata en la tercera parte. Con estos objetivos en mente se repasan los tres pilares del gobierno económico y financiero: monetario, fiscal y financiero stricto sensu.

      Tercero. Crisis de la juridificación democrática del poder económico.

      Finalmente, como aspecto nuclear del trabajo, se trata de plantear cómo afecta la transformación de la economía política global y, especialmente, la ruptura de la dicotomía nacional-internacional al constitucionalismo definido como proyecto de racionalización del poder mediante el Derecho democrático. Esta problemática se trata mediante el análisis diferenciado de dos problemas de gobierno económico europeo.

      El primero es el problema de las capacidades de gobierno económico y financiero europeo conforme al actual statu quo. Es este un problema vinculado al tránsito desde el Estado nación al proyecto europeo de comunidad de Derecho supraestatal. Se trata del agotamiento de las posibilidades de los principios clásicos, en particular, del de primacía, para articular las relaciones entre los ordenamientos estatales y el europeo, unido a un desarrollo del principio de identidad constitucional que parece limitar las posibilidades de la atribución de competencias. Ello puede resultar especialmente disfuncional en el ámbito financiero, especialmente si tenemos en cuenta que a la hora de diseñar la arquitectura de la UEM se optó por una unión monetaria sin unión fiscal, lo que puede generar asimetrías, rigideces y debilidades adicionales, especialmente en tiempos de tensión financiera. Puede avanzarse que resulta muy dudoso que, al menos en este ámbito, el diálogo judicial ad hoc, a partir de la modulación del principio de identidad constitucional, sea una solución satisfactoria ni en cuanto a la agilidad que proporciona al proceso de toma de decisiones, ni, sobre todo, en cuanto al peso que en el arreglo entre tribunales puedan tener los factores estratégicos (la realpolitik, por ejemplo, la relación entre deudores y acreedores).

      El segundo problema aparece vinculado al acoplamiento nacional y europeo a la globalización económica. Se trata de la aparición de lo que Sassen denomina nueva normatividad global y de su implantación mediante distintos mecanismos jurídicos que pueden calificarse de gobierno limitado, en tanto que incorporan una consideración restrictiva de la intervención del Estado. Así, los gobiernos se encuentran ante un achicamiento del ámbito constitucionalmente disponible para las distintas alternativas de política económica. Entre estos mecanismos jurídicos destacan en el ámbito transnacional, los regímenes internacionales, el llamado soft law o los procesos de regionalización entre los que el europeo resulta paradigmático. En el ámbito europeo, el mecanismo jurídico que propicia ese achicamiento de las opciones es resultado de una mutación constitucional –en buena medida de inspiración alemana-, desde una constitución económica neutra a otra de carácter sustantivo que prima lo privativo. Más en concreto, en el ámbito financiero esta nueva normatividad que se implanta como límite a la acción de gobierno se extiende mediante una determinada demarcación de funciones entre lo público y lo privado que se convierte en paradigma pretendidamente inmutable, cuando se trata, en verdad, de un conjunto de decisiones históricas a partir de las cuales el Estado organiza su propia retirada.

      Ambos problemas se entrelazan en la medida en que limitan las capacidades de gobierno, pero, en tanto que tales limitaciones traen causa de procesos y mecanismos diferentes, metodológicamente requieren el tratamiento diferenciado que en este trabajo se ofrece.


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