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Síntesis y reflexión en los juicios

  • Autores: Marcelo Real Obradors
  • Directores de la Tesis: Raúl Pedro Gabás Pallás (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universitat Autònoma de Barcelona ( España ) en 2015
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Jesús Hernández Reynés (presid.), Josep Olesti i Vila (secret.), Gonçal Mayos Solsona (voc.)
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en:  TDX  DDD 
  • Resumen
    • Esta tesis tiene como objeto el análisis de la facultad del Juicio en la filosofía crítica de Kant. En él se analiza la función del Juicio en las tres Críticas respecto a los juicios cognoscitivos, morales, estéticos y teleológicos. Desde una perspectiva sistemática, este estudio se propone hallar el lugar que ocupa el Juicio en relación con el resto de facultades, y, de este modo, esclarecer las dificultades que plantea la interpretación de la tercera Crítica, tanto las que afectan a su articulación interna, como a su relevancia en la culminación de la filosofía crítica.

      El estudio defiende la idea de que el Juicio es la facultad responsable del procedimiento reflexivo necesario para subsumir lo diverso sensible bajo un concepto. Ahora bien, el concepto puede relacionarse con la diversidad de dos maneras: bien como regla de una síntesis constitutiva de un objeto, o bien como una forma meramente lógica que expresa la unidad común referida a una diversidad de representaciones. En la primera Crítica el concepto se explica, con preferencia, como unidad de la regla de construcción del objeto en la experiencia, pero sin perder su carácter de representación reflexiva. Por ello, Kant se ve obligado a introducir una distinción nueva en la reflexión, que tenga en cuenta la diferencia entre el simple enlace de representaciones bajo la unidad lógico-subjetiva de un juicio en general y la unidad sintética objetiva de lo diverso en la intuición. De ahí surge la distinción entre una operación reflexiva, que se limita a pensar el enlace lógico de representaciones en un juicio y una reflexión transcendental que relaciona las representaciones con su origen en las síntesis de la imaginación y del entendimiento. Así, el Juicio transcendental, al reconocer el origen común de las diferentes síntesis en la apercepción transcendental, es capaz de proporcionar un objeto a priori para el concepto en la experiencia. La transformación de un procedimiento meramente reflexivo del Juicio en una función objetiva tiene lugar en la Doctrina del Juicio en la primera Crítica, donde se explica el significado del Juicio transcendental. El Esquema transcendental es la condición subjetiva que hace posible el resultado objetivo de la reflexión plasmado en los Principios del entendimiento puro.

      Sin embargo, la función objetiva del Juicio transcendental está restringida a las categorías, lo cual plantea la cuestión de la aplicación de los conceptos sistemáticos en la experiencia. En la medida en que estos conceptos deben aplicarse a una síntesis a posteriori, la validez de su utilización, aunque tan sólo sea a través de principios regulativos, debe ser justificada desde un punto de vista transcendental. Así, Kant, tras el intento fallido de explicar estos principios regulativos a partir de la necesidad sistemática de la razón, retomará el tema desde la perspectiva reflexiva del Juicio en la tercera Crítica.

      En la Crítica del Juicio se justifica mediante la forma estética la posibilidad de pensar los objetos naturales según las directrices de principios sistemáticos. En la apreciación estética, se hace patente la operación reflexiva y el carácter transcendental de la función del Juicio, a través de la cual es posible comparar la síntesis de la imaginación en la aprehensión de lo diverso, por un lado, y la síntesis intelectual, por otro. La armonía de las facultades experimentada en el placer estético ocupa el lugar del esquema como condición subjetiva de la aplicación de los conceptos sistemáticos en la experiencia. De este modo, la finalidad formal-subjetiva del juicio estético sirve de modelo para comprender reflexivamente la naturaleza y la historia, posibilitando una interpretación moral del mundo, que permite el tránsito de la razón teórica a la razón práctica.


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