Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


El pensamiento jurídico de Francisco Bermúdez de Pedraza (1576-1655). Una contribución al estudio de la jurisprudencia del Barroco

  • Autores: Marina Rojo Gallego-Burín
  • Directores de la Tesis: José Antonio López Nevot (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Granada ( España ) en 2017
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Antonio Merchán Alvarez (presid.), Francisco Javier Roldán Barbero (secret.), Ignacio Czeguhn (voc.), Regina Polo Martín (voc.), María Asunción Torres López (voc.)
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El propósito de la presente Tesis Doctoral ha sido el análisis del pensamiento jurídico del jurista e historiador granadino Francisco Bermúdez de Pedraza (1576-1655), una autoridad que se ha convertido en una fuente primaria para el estudio del Antiguo Régimen. Dicha Tesis doctoral aparece dividida en cuatro capítulos, precedidos de una Introducción. El Capítulo I se dedica a la semblanza biográfica de Bermúdez de Pedraza, procurando ampliarla y actualizarla con nuevos datos y noticias sobre los orígenes familiares y sociales y la formación jurídica y humanista de nuestro autor; el Capítulo II aborda la obra historiográfica de Pedraza, sin cuya consideración la semblanza intelectual del jurista granadino quedaría truncada; el Capítulo III, núcleo central de la Tesis, se ocupa de la obra propiamente jurídica de Bermúdez, representada por cuatro libros (Arte legal para estudiar la Jurisprudencia, El Secretario del Rey, Panegyrico legal y Hospital Real de la Corte) y un opúsculo (Por los Secretarios de V. Magestad); por último, el Capítulo IV estudia la práctica forense de Bermúdez, por medio de las alegaciones en Derecho que redactó y publicó a propósito de litigios en los que intervino como abogado de una de las partes. Siguen a continuación las Conclusiones, un Apéndice Documental y las Fuentes y la Bibliografía utilizadas para la elaboración de la Tesis. Investigar la vida de Francisco Bermúdez de Pedraza nos ha permitido descubrir la vida de un jurista del Barroco, que nos ha permitido desmentir tópicos infundados sobre su figura. Se ha puesto de manifiesto como su formación hizo de él hizo de él un hombre propio de su tiempo, ideológicamente muy conservador, contrarreformista, con una vasta cultura humanista, unas profundas creencias religiosas. Dicho estudio biográfico de Bermúdez ha sido de suma importancia, en él encontramos la razón de ser de su obra, y el que se convirtiera en autor de tratados de contenido jurídico, político, histórico, religioso, moral política y escritor también de poesía. Se ha evidenciado que nos hallamos ante una persona cuya auténtica vocación es la abogacía y el estudio de historia. Es difícil separar al Bermúdez historiador del Bermúdez jurista, pues sus obras históricas no descuidan los aspectos jurídicos, y sus tratados jurídicos contienen digresiones históricas e histórico-jurídicas.

      Francisco Bermúdez es un letrado conocedor del latín, pero que opta por escribir en castellano es por lo que le debemos, el primer libro de texto o manual de Derecho escrito en castellano, el Arte legal para el estudio de la jurisprudencia. El cual, además es el único tratado de tópica o dialéctica jurisprudencial que fue publicado en Castilla, y donde se incluye una de las más insignes direcciones sobre la pasantía de la abogacía. Para él la iurisprudentia es arte y ciencia, identifica la ciencia con el arte. Se trata de una ciencia práctica y especulativa.

      El Secretario del Rey es un tratado, una monografía sobre la institución del Secretario del Rey, pieza fundamental en el gobierno superior de la Monarquía. Pergeña la filogénesis y el estatuto jurídico del oficio, huérfano de regulación en las leyes del reino.

      Su pensamiento es prototipo del Barroco, marcado por el escepticismo, el desengaño y el pesimismo. Se enfrenta a las desgracias, los azotes, las contrariedades y los infortunios, que lo embargaban a él y a la sociedad del siglo XVII, con el movimiento filosófico predominante en la época: el neoestoicismo y senequismo, lo cual le lleva a cristianizar a los autores clásicos paganos. Por su doctrina Bermúdez de Pedraza no puede considerarse tacitista, se posiciona en una posición intermedia entre la primera contrarreforma de tradición medieval, y el tacitismo que relega la ética al fuero interno independiente de las cuestiones de Estado. Tenemos que situar a Bermúdez de Pedraza como perteneciente a esa Jurisprudencia del Barroco, un jurista con una amalgama de rasgos tanto humanistas, del mos gallicus, como del mos itálicus tardío. Pero lo cierto es que se alza como un imposible otorgarle una única etiqueta para definir su pensamiento; se aprecia un espíritu crítico con su realidad jurídica y política contemporánea, en él afloran corrientes diversas, confluyen ideas de Aristóteles, medievales, con otras propias de su tiempo junto a otras modernizadoras, lo que puede parecer que su pensamiento es ecléctico y contradictorio.

      BIBLIOGRAFÍA.

      BARRIOS, Feliciano, La Gobernación de la Monarquía de España. Consejos, Juntas y Secretarios de la administración de corte (1556-1700), Boletín Oficial del Estado, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Fundación Rafael del Pino, Madrid, 2015.

      CALABRÚS LARA, José, La enseñanza del Derecho en la Monarquía Universal. El “Arte Legal” para estudiar la Jurisprudencia” de Bermúdez de Pedraza (Salamanca 1612), Lección Magistral pronunciada en el Acto Solemne de Clausura del Curso Académico por el Excmo. Sr. Dr. D. José Calabrús Lara, Académico de Número de esta Real Corporación, Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, Granada, 2010. DELGADO PINTO, José, “Un traité de didactique juridique au XVIIe siècle. «El arte legal para estudiar jurisprudencia». Salamanque 1612, de F. Bermúdez de Pedraza”, en Le raisonement juridique. Actes du Congrés Mondial de Philosophie du Droit et de Philosophie Sociale, Bruselles, 1971, pp.195-201.

      ESCUDERO, José Antonio, Los Secretarios de Estado y del Despacho (1474-1724), Instituto de Estudios Administrativos, Madrid, 1969.

      GARCÍA MARÍN, José, La burocracia castellana bajo los Austrias, Ediciones del Instituto García Oviedo, Universidad de Sevilla, Sevilla, 1976.

      GIBERT Y SÁNCHEZ DE LA VEGA, Rafael, “El funcionario español de la época austriaca”, en Actas del I Symposium de Historia de la Administración, Instituto de Estudios Administrativos, Madrid, 1970, pp. 253-291. GIBERT Y SÁNCHEZ DE LA VEGA, Rafael, “El oficio cortesano según Bermúdez de Pedraza”, en Actualidad y perspectiva del Derecho público a fines del siglo XX: Homenaje al profesor Garrido Falla, III, Madrid, 1992, pp. 2063-2086.

      GIBERT Y SÁNCHEZ DE LA VEGA, Rafael, El Arte para estudiar Jurisprudencia de Bermúdez de Pedraza, Prelección del curso, Programa de Historia del Derecho Español, Granada, 1966, I-VIII.

      MONTANOS FERRÍN, Emma, “A modo de consulta sobre literatura jurídica del ius commune. IV. (En el aniversario del Quijote, tres obras europeas coetáneas en el mundo que vivió Cervantes)”, Anuario da Facultade de Dereito da Universidade da Coruña, 9 (2005), pp. 1105-1106.

      TOMÁS Y VALIENTE, Francisco, El Derecho penal de la Monarquía absoluta (Siglos XVI-XVII-XVIII), Editorial Tecnos, Madrid


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno