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El derecho penal y el primer pilar de la Unión Europea

  • Autores: Isidoro Blanco Cordero
  • Localización: Revista electrónica de ciencia penal y criminología, ISSN-e 1695-0194, Nº. 6, 2004
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • La tradicional afirmación de que la Comunidad Europea (primer pilar de la Unión Europea) carece de competencias en materia penal se encuentra hoy día cuestionada. En efecto, existen diversas propuestas de directiva, esencialmente en materia medioambiental, sobre contaminación procedente de buques y sobre protección de los intereses financieros de la Comunidad Europea, que obligan a los Estados miembros a sancionar penalmente diversos comportamientos. Por su parte, en el marco del tercer pilar, el intergubernamental, se han elaborado instrumentos (decisiones marco y convenios) sobre exactamente las mismas materias, y también con la obligación de imponer sanciones penales. Esto ha generado un grave conflicto institucional en la Unión Europea entre el Consejo y la Comisión, como consecuencia del cual se ha presentado un recurso ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Esto va a obligar a este Tribunal a delimitar claramente las competencias en materia penal entre el primer y el tercer pilar de la Unión.


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