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Marco jurídico de los trasplantes de órganos y tejidos fetales en México y en Colombia

  • Autores: Dora García Fernández
  • Localización: Ambiente Jurídico, ISSN 0123-9465, Nº. 13, 2011, págs. 33-46
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Legal framework of organ transplantation and fetal tissues in Mexico and Colombia
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El presente artículo es producto de la investigación terminada sobre el Marco jurídico de los trasplantes de órganos y tejidos fetales en México y Colombia. Las preguntas orientadoras de la investigación fueron: ¿Qué implicaciones éticas y jurídicas existen en cuanto al modo de adquisición y empleo de estos tejidos y órganos fetales? ¿Están debidamente regulados en ambas legislaciones estos trasplantes? El método que se empleó fue un método teórico, exploratorio y propositivo. Después de la discusión se llegó a las siguientes conclusiones: 1. Lo que se debe observar en primera instancia es el bien del embrión o feto y el respeto a su dignidad. 2. No se deben llevar a cabo fecundaciones asistidas para la �producción� de embriones con fines de trasplantes.

      3. Nunca deberá llevarse a cabo un aborto con el fin de obtener tejidos u órganos fetales. 4. Se podría justificar intervenir un feto in utero sólo si el embarazo no fue buscado con el fin principal de conseguir tejidos u órganos para salvar la vida de otra persona y si la intervención no causa ningún daño tanto al feto como a la madre, teniendo en cuenta que solo se podrán extraer tejidos o células pero nunca órganos aunque sean pares. 5. Todas estas cuestiones no están reguladas eficazmente en la legislación colombiana ni en la mexicana y se propone su debida regulación.

    • English

      This paper is the result of a completed research on the legal framework for organ transplantations and fetal tissues in Mexico and Colombia. The guiding research questions were: Which are the ethical and legal implications in the way of acquisition and use of these tissues and organs? Are these transplantations properly regulated in the two legislations? The method used was a theoretical, exploratory and propositional. After the discussion the conclusions that were reached were: 1. The important thing to be observed in the first instance is the benefit of the embryo or fetus and respect for his dignity. 2 . The �production� of embryos by assisted reproduction for these purposes is not accepted. 3. An abortion should never take place in order to obtain organs or tissues. 4. An intervention in a fetus is justified only if the pregnancy principal purpose was not to obtain tissues and organs and if the intervention doesn�t causes any damages to the fetus neither to the mother, only tissues should be obtained and never organs, although they are pair organs. 5. All these issues are not effectively regulated in Colombian legislation nor Mexican one and they should be properly regulated.


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