La locatio conductio es explicada en la inmesa mayoría de textos institucionales a través de una tricotomía de formas de (loc. - cond. rei, operarum, operis), como si los juristas romanos hubieran acuñado estas expresiones y delineado cuidadosamente estos tipos con cierta autonomía conceptual. Esta explicación quizás pudiera ser legítima para un estudiante de primer año de las Facultades de Derecho, pero en un nivel científico no resiste ni la más ligera crítica, porque ni los juristas romanos ni los intérpretes medievales, que trabajaban con las fuentes romanas, lo explicaron diferenciando esos tipos conceptualmente.
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