El art. 25.3 de la Constitución Española prohíbe a la Administración imponer sanciones que ¿directa o subsidiariamente impliquen privación de libertad¿. Desde el primer momento se planteó la constitucionalidad de las sanciones de aislamiento impuestas por un órgano administrativo. El Tribunal Constitucional ha entendido que dicha potestad sancionadora no lesiona aquel mandato, sin embargo, los argumentos que emplea cohonestan escasamente con los principios que inspiran nuestro Derecho penitenciario. Así, se plantean los límites y contenidos de la libertad ambulatoria en el ámbito penitenciario.
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