En la presente comunicación se pretende analizar la forma en que se ha articulado en el derecho civil común español la carga de prestar alimentos por parte de los donatarios, cuando el donante se encuentra en una situación de necesidad, y si esta situación de dependencia personal y/o económica requiere alguna reforma legislativa que la adecue a la nueva realidad social, sobre todo en lo referente a la legitimación activa para la reclamación de los alimentos debidos y para instar la revocación de la liberalidad efectuada. La materia objeto de nuestro análisis constituye un espacio digno de atención por los operadores jurídicos, ya que la fragilidad de las personas dependientes personal y/o económicamente, constituye un excelente caldo de cultivo para que sus derechos resulten desconocidos. Además, como los recursos públicos no son ilimitados, ante los nuevos cambios sociales, es preciso arbitrar un conjunto de medidas que posibiliten un reparto equitativo de los mismos entre los más necesitados.
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