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Reclamación judicial de deudas internacionales dentro de la Unión Europea

Imagen de portada del libro Reclamación judicial de deudas internacionales dentro de la Unión Europea

Información General

Resumen

  • En los últimos años el panorama económico internacional se ha vuelto muy complejo. La globalización ha ido conectando cada vez más a las economías de los principales países del mundo generando un gran crecimiento en lo referente a las relaciones comerciales internacionales. La interconexión entre países unido a la facilidad con que se mueven los productos y los capitales hacen casi imposible que un país pueda aislarse de las corrientes internacionales y actuar sin tener en cuenta lo que pasa en el resto del mundo.

    La morosidad en los créditos comerciales en España alcanza el 44 %, y el 42 % en las operaciones de exportación. La morosidad en España afecta al 90 % de las empresas en doméstico y al 84 % en los mercados exteriores, las principales razones para ello son las mismas que en Europa Occidental: insuficiencia de fondos 53 %, financiación alternativa 28 % y la complejidad del procedimiento de pago 21 %. La morosidad obliga al 30 % de las empresas españolas a posponer sus propios pagos a proveedores y provoca pérdida de ingresos al 17 %. El porcentaje de impago en España es de 1,5 % que sigue siendo uno de los más altos en Europa Occidental. Bajo este panorama de incertidumbre a la que se enfrentan las empresas dentro y fuera de la Unión Europea, es necesario, para ellas, contar con instrumentos efectivos que faciliten el cobro de los créditos impagados para que no les afecte en el buen funcionamiento de su actividad.

    Muchas empresas europeas, hoy día, sufren la presión de tener que aceptar condiciones de pago con plazos mayores de lo que les gustaría. Las consecuencias de no recibir los pagos a tiempo pueden ser graves para las empresas, pueden verse abocadas a soportar problemas de liquidez, pérdida de ingresos, impedir su crecimiento e incluso ver amenazada su supervivencia. Bajo este panorama de incertidumbre a la que se enfrentan las empresas dentro (y fuera) de la Unión Europea (UE), es necesario, para ellas, contar con instrumentos jurídicos efectivos que faciliten el cobro de los créditos impagados para que no les afecte en el buen funcionamiento de su actividad. Así las cosas, con el fin de satisfacer estas necesidades la UE ha desarrollado dos instrumentos en la vía judicial que facilitan el cobro de los créditos impagados dentro de la Unión Europea que son los siguientes: el procedimiento europeo de escasa cuantía y el procedimiento monitorio europeo.

    Reclamación judicial de deudas internacionales dentro de la Unión Europea es una herramienta práctica y pedagógica, que permita enseñarle a las empresas las características, el objeto y el fin de ambos procedimientos, tomando en consideración los formularios que se requieren para poder iniciar en la práctica, de una forma sencilla y ágil, cualquiera de ambos procedimientos.

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