La presente obra ofrece el comentario sistemático del articulado de la Ley 15/2009, de 22 de julio, de mediación en el ámbito de Derecho privado de Cataluña, con el plus del análisis del Reglamento que la desarrolla (Decreto 135/2012, de 23 de octubre). Se estudian tanto los aspectos relacionados con la esfera propiamente jurídica (el concepto de la institución y su finalidad, el ámbito de aplicación objetivo de la propia ley, el estatuto de las personas mediadoras y las legitimadas para intervenir en un procedimiento de mediación…) como los principios de la mediación en Cataluña y el desarrollo del procedimiento que la ley contempla. Asimismo, se presta la necesaria atención al Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña, al funcionamiento de los registros, al régimen sancionador o a las normas deontológicas.
En el Comentario -prologado por el magistrado Pascual Ortuño- han participado autores procedentes de diversos ámbitos, que tienen en común un profundo conocimiento de la metodología y la convicción de la utilidad de la mediación para la gestión más eficiente (y saludable) de los conflictos. Se suceden y relacionan las contribuciones de académicos, profesionales de la mediación, magistrados y notarios. Gracias a su análisis, obtenemos una imagen completa y estructurada de la regulación catalana sobre la mediación, y también una serie de herramientas útiles para su empleo.
Como se recuerda en el Preámbulo de la Ley 15/2009, la mediación tiene como finalidad "hacer posible la obtención de soluciones responsables, autogestionadas y eficaces para los conflictos". Los operadores jurídicos deben tenerla presente al analizar los mejores instrumentos para abordar los conflictos de sus clientes. Este Comentario pretende ayudarles en su tarea.
págs. 19-25
Objeto de la mediación: artículo 2
págs. 26-30
Personas mediadoras: artículo 3
págs. 31-37
págs. 38-44
Voluntariedad: artículo 5
págs. 45-53
págs. 54-60
Confidencialidad: artículo 7
págs. 61-67
págs. 68-74
Buena fe: artículo 9
págs. 75-80
págs. 81-84
págs. 85-90
Inicio de la mediación: artículo 12
págs. 91-95
Actuación de la persona mediadora: artículo 13
págs. 96-100
Deberes de la persona mediadora: artículo 14
págs. 101-107
Reunión inicial: artículo 15
págs. 108-113
págs. 114-120
págs. 121-125
Acta final: artículo 18
págs. 126-128
págs. 129-134
págs. 135-139
págs. 140-144
págs. 145-151
págs. 152-157
Comité asesor: artículo 24
págs. 158-162
págs. 163-167
Comunicación de datos: artículo 26
págs. 168-170
págs. 171-177
págs. 178-186
págs. 187-191
págs. 192-193
págs. 193-193
Sanciones: artículo 32
págs. 193-198
Órganos sancionadores: artículo 33
págs. 199-205
págs. 206-212
Régimen de recursos: artículo 35
págs. 213-217
Red de información y de orientación: disposición adicional primera
págs. 218-219
Sujeción a los principios de la mediación: disposición adicional segunda
págs. 220-225
Inclusión en los registros de mediadores de personas que ejercen una profesión no sujeta a colegiación: disposición adicional tercera
págs. 226-230
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